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Un nuevo Código Penal para Tlaxcala

Un nuevo Código Penal para Tlaxcala

 *Poder Legislativo

La dinámica de la sociedad está en constante cambio y las realidades de ayer no se ajustan necesariamente a las condiciones que hoy enfrentamos como sociedad.

Los avances en la tecnología nos obligan a enfrentar nuevos desafíos, sobre todo, cuando se trata de emitir leyes que procuren la adecuada convivencia de los ciudadanos.

En ese sentido, la norma que define aquellas conductas consideradas como delitos y las sanciones establecidas para quienes las cometan, es una obligación impostergable de aquellos que a través del voto ciudadano han llegado a un curul en el Congreso local.

Con ese espíritu es que la semana pasada los integrantes de la LX Legislatura, aprobamos un nuevo Código Penal que, además de responder a las exigencias más sentidas de nuestro actual contexto social, también responde a la realidad del sistema penal de nuestro país que pasa por un momento de transición.

Así, como parte de los trabajos para implementar el nuevo sistema de justicia penal en Tlaxcala, el Congreso local aprobó por unanimidad el nuevo Código Penal.

Este cuerpo normativo consta de 431 artículos, divididos en una parte general en la que se encuentran las bases normativas de todo código sustantivo y una especial que contiene el catálogo de los delitos en particular.

Entre las modificaciones se encuentra la de cumplir con la armonización federal en materia de narcomenudeo, secuestro, trata de personas y de una vida libre de violencia hacia las mujeres.

Como una triste realidad, Tlaxcala es conocida a nivel nacional por el tema de la trata de personas, por lo cual el nuevo código penal incorpora disposiciones para considerar a este delito como imprescriptible, es decir, que podrá ser sancionado sin importar el momento en el cual se cometió y lo mismo ocurrirá para el feminicidio.

Ahora bien, para el delito de aborto se adiciona una causa más de exclusión del delito para el caso de que se diagnostique que el producto de la concepción sufre alteraciones genéticas o congénitas y se establece un catálogo actual y ampliado.

Con estas modificaciones, los legisladores procuramos generar las mejores condiciones para que las mujeres, principales víctimas de la trata, tengan un marco legal que sancione a aquellos que atentan contra su integridad y derechos.

El homicidio doloso, la violación, robo con violencia y a casa habitación también son a partir de la puesta en marcha del nuevo código, delitos imprescriptibles.

Otra de las modificaciones es que se actualiza y amplía el catálogo de penas, medidas de seguridad y consecuencias jurídicas del delito, a fin de tener las herramientas necesarias al momento de sancionar los ilícitos tanto para las personas físicas como para las morales.

Como se mencionó anteriormente, el nuevo Código Penal también involucra nuevas figuras, al ampliar el catálogo de determinadas figuras delictivas como el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, procreación asistida, inseminación artificial y manipulación genética, desaparición forzada de personas, delitos contra la seguridad en los medios informáticos, discriminación, delitos contra el consumo, entre otros.

El marco legal que sustituye al expedido hace más de 30 años, también elimina la forma la preterintencionalidad como forma comisiva del delito y en cuanto a la reparación del daño, se consideró necesario conceptualizar lo relativo al daño moral, actualizar y ampliar cuando se trate de los delitos de homicidio y lesiones.

Así como especificar el orden preferente de quienes tengan derecho a la misma, además de contemplar la obligación solidaria que tiene el Estado y los municipios respecto a los servidores públicos en ejercicio de sus funciones.

El nuevo código también actualiza y amplía el catálogo de delitos cometidos por y en contra de los servidores públicos, así como aquellos contra la adecuada impartición, procuración y administración de justicia.

Asimismo, se actualizan los delitos de tortura y de usura y se mantiene vigente como delito el que se destruya o causen daños a las magueyeras.

Este es un panorama de la forma en la cual se abordará a los delitos en Tlaxcala con el nuevo Código Penal, que está acorde al Sistema Penal Acusatorio y Adversarial como consecuencia de la reforma penal de 2008.

Este proyecto es resultado del trabajo coordinado de los legisladores, pero también de los distintos poderes, ya que en su elaboración se mantuvo una estrecha colaboración con los poderes Ejecutivo y Judicial, en una muestra de la suma de esfuerzos por el bien de Tlaxcala.

 

Junta de Coordinación y Concertación Política

Diputados integrantes de la LX Legislatura

 

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